En los últimos días se ha conocido el segundo borrador del Real Decreto sobre la regularización de personas migrantes en España. Ojo 👀: esto todavía NO es definitivo. No está publicado en el BOE y puede cambiar, pero ya nos da una idea bastante clara de por dónde va la cosa.
La idea principal es crear una vía extraordinaria de regularización para personas que ya están en España y cumplen ciertos requisitos, con posibilidad de trabajar de forma provisional mientras se resuelve el trámite. 💼🛂


📌 Cambios importantes de este segundo borrador
Hay un cambio clave frente al primer texto:


👉 Se habla de permanencia ininterrumpida de 5 meses en España.
Esto significa que no habría margen para salir del país durante ese tiempo. No es “continuada” (que permite ausencias breves), sino ininterrumpida. Esto podría dejar fuera a algunas personas si el texto final no matiza este punto.
Además, este borrador excluye a quienes ya tengan una autorización de estancia o residencia (por ejemplo, estudiantes, búsquedas de empleo, no lucrativas, etc.). Habrá que ver si esto se mantiene en la versión final.


🛂 Disposición Transitoria 5ª – Solicitantes de asilo
Esta parte está pensada para personas que han pedido asilo en España.
Requisitos principales según el borrador:
✅ Haber solicitado protección internacional antes del 1 de enero de 2026
✅ Ser mayor de edad
✅ Aportar copia completa del pasaporte
✅ Haber permanecido en España 5 meses de forma ininterrumpida
✅ No tener antecedentes penales ni policiales ni suponer riesgo para el orden público
✅ No tener prohibida la entrada en España ni estar en compromiso de retorno
✅ Haber pagado la tasa


📌 Lo importante:
👉 Una vez admitida la solicitud, podrías residir y trabajar provisionalmente hasta que se resuelva tu permiso.
👉 Si se concede, te darían una tarjeta de 1 año, renovable o modificable.
⏰ Plazo para presentar solicitudes: hasta el 30 de junio de 2026.
⚠️ Para entrar en esta vía NO puedes ser titular de una autorización de estancia o residencia.


👨‍👩‍👧 Hijos, pareja y padres
Según el borrador:
✅ Hijos menores (y algunos mayores dependientes) podrían obtener autorización sin exigir tiempo previo, ni medios económicos, ni informe de vivienda.
✅ Cónyuge, pareja registrada y ascendientes también podrían quedar incluidos en esta regularización.
Esto es una mejora importante para muchas familias que ahora mismo están en situación irregular.


📄 Arraigos en trámite: novedad importante
Este borrador abre la puerta a que:
👉 Si tienes un arraigo en trámite (social, sociolaboral, socioformativo, etc.),
👉 Podrías obtener una resolución favorable directa,
❌ Siempre que no tengas problemas penales o policiales.
Y lo mejor:
✅ No habría que presentar una nueva solicitud
✅ No habría que desistir del trámite actual
Esto, si se mantiene en el texto final, sería una muy buena noticia 🎉
🛂 Disposición Transitoria 6ª – Resto de personas en situación irregular
Esta vía sería para personas que no son solicitantes de asilo.
Requisitos generales:
✅ Haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026
✅ Ser mayor de edad
✅ Pasaporte completo
✅ Haber estado en España 5 meses de forma ininterrumpida
✅ No tener antecedentes penales o policiales
✅ No tener prohibición de entrada
✅ Haber pagado la tasa
Y además, cumplir una de estas situaciones:
✔️ Haber trabajado al menos 90 días o tener una oferta de empleo
✔️ Vivir con tu familia en España (hijos menores escolarizados, padres, etc.)
✔️ Estar en situación de vulnerabilidad (bastaría acreditar que estás en situación irregular)
📌 Igual que en la otra vía:
👉 Podrías trabajar provisionalmente mientras se resuelve
👉 Si se concede, te darían una tarjeta de 1 año
⏰ Plazo máximo: hasta el 30 de junio de 2026
⚠️ Y de nuevo: no puedes tener una autorización de estancia o residencia vigente.


🚨 MUY IMPORTANTE
Esto es solo un BORRADOR ❗
❌ No es ley todavía
❌ Puede cambiar
❌ Pueden añadir o quitar requisitos
Por eso:
👉 No pagues a nadie que te prometa “meterte ya en la regularización”
👉 Ve preparando documentación
👉 Mantente informado por fuentes serias
👉 Y espera a que salga publicado en el BOE


🧭 Conclusión clara
Si este texto sale adelante (aunque sea con cambios), podría ser una oportunidad real para que muchas personas:
✅ Regularicen su situación
✅ Empiecen a trabajar legalmente
✅ Salgan por fin de la irregularidad
Pero por ahora: prudencia, información y cero promesas mágicas.
🔔 Seguiremos informando
En cuanto haya texto oficial y definitivo, aquí te lo explicaremos claro, sin cuentos y sin humo 😉

📌 ¿No sabes si este borrador podría aplicarse a tu caso o qué deberías ir preparando?
Infórmate bien antes de tomar decisiones y evita errores.


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